Contigo, marcamos la diferencia
Alianzas con empresas
Nuestros proyectos
¿Nos ayudas a continuar con nuestra labor?
Unidad de Patología Dual
Donativos destinados al mantenimiento y mejora de la Unidad de Patología Dual, personas con adicción (sustancias y/o comportamental) + trastorno mental.
La realización de algunos tipos de talleres y salidas se ve limitada por la disponibilidad de fondos que nos permitan la compra de materiales o la realización de actividades externas (costes de billetes de tren, autobús, entradas para actividades).
Unidad de Trastorno de Personalidad
Donativos destinados al mantenimiento y mejora de la Unidad de Trastornos de Personalidad.
La realización de algunos tipos de talleres y salidas se ve limitada por la disponibilidad de fondos que nos permitan la compra de materiales o la realización de actividades externas (costes de billetes de tren, autobús, entradas para actividades).
Alojamientos Supervisados
Donativos destinados al mantenimiento y mejora de las viviendas supervisadas de Fundación Acorde para personas con trastorno mental.
Otros Proyectos
Fundación Acorde tiene como objetivo estatutario promover la desestigmatización de las personas con trastorno mental y prevenir la aparición de dichas problemáticas. Estos objetivos se realizan a través de eventos, que dan a conocer la situación de las personas con trastorno mental, así como mediante pequeños proyectos. (Ej. Itinerarios Vitales: proyecto de prevención y sensibilización realizado en centros educativos).
Fundación Acorde
Todas las entidades necesitan mantener una estructura para poder llegar a los destinatarios (administración, gestión de personal y recursos, comunicación, proyectos, calidad etc…), la financiación de dicha estructura es la gran olvidada en nuestra región. Estos recursos, que no se encuentran destinados a la atención directa de las personas usuarias tienen un gran impacto en el funcionamiento de toda organización, optimizando procesos y recursos que permiten la mejor atención de las personas destinatarias de los proyectos.
¿Tu empresa tiene un programa de Responsabilidad Social Corporativa que coincide con los valores de Fundación Acorde? ¿Quieres, como empresa, contribuir a mejorar la atención a las personas con problemas de salud mental en Cantabria? ¡Colabora con nosotros!
Colaboración económica:
Mediante una única aportación de carácter anual, 120 € anuales (equivalente a 10€ al mes) ayudarás a que podamos prestar una mayor atención a las personas con trastorno mental y a sus familias, dando continuidad a los proyectos y creando nuevos servicios y oportunidades para estas personas.
ES69 2100 1285 6602 0018 7284
Colaboración en servicios:
¿Posees espacios que puedes ceder a la Fundación de forma puntual?
¿Puedes ofrecer descuentos a nuestras personas usuarias, familias y/o colaboradores?
¿Nos ayudas a organizar un evento?
Puedes ponerte en contacto con nosotros a través de:
- correo electronico: admon@fundacionacorde.com
- teléfono: 942 020 666
- esta misma pagin web en Contacto
VENTAJAS DE SER SER EMPRESA COLABORADORA
La Empresa deduce hasta el 35%, de lo que done o aporte, en el Impuesto de Sociedades.
Las cantidades correspondientes al período impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos. La base de esta deducción no podrá exceder del 10 por 100 de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.
Empresas donantes
Para tu donativo es necesario completar los datos del formulario y realizar la aportación mediante a traves de:
ES69 2100 1285 6602 0018 7284
Deducción por donaciones a entidades sin fines lucrativos (Ley 49/2002)
Impuesto sobre Sociedades
Importe de la deducción
Regulación: Artículo 20 Ley 49/2002
Los contribuyentes tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra, minorada en las deducciones y bonificaciones previstas en los Capítulos II, III y IV del Título VI de la LIS, el 35 por ciento de la base de la deducción.
Las cantidades correspondientes al período impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del período impositivo anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad será el 40 por ciento.